Presencia ilegal o sobreestadía

La presencia ilegal en Estados Unidos se produce cuando una persona se encuentra en el país sin haber sido admitida legalmente o con libertad condicional en Estados Unidos por razones humanitarias urgentes o autorizadas de otro modo por el Secretario de Estado. También se produce si una persona entra legalmente en el país y se queda más tiempo del permitido por su visado. Si se descubre que una persona está presente ilegalmente en los Estados Unidos, se le puede prohibir la entrada legal durante cualquiera de los siguientes periodos de tiempo:

  • Tres años si él o ella está aquí ilegalmente hasta 180 días, pero menos de un año durante una sola estancia antes del inicio del procedimiento de deportación.
  • 10 años si está aquí durante más de un año durante una sola estancia, independientemente de que se haya iniciado el procedimiento de deportación.
  • Permanentemente si la persona vuelve a entrar o intenta volver a entrar en el país sin ser admitida o en libertad condicional después de más de un año de presencia ilegal de una o más estancias totales en este país.

Renuncia provisional a la entrada ilegal o a la estancia excesiva

En el pasado, una persona que entraba ilegalmente a Estados Unidos o sobrepasaba su visado debía regresar a su nación de ciudadanía y asistir a una entrevista para obtener una exención de entrada ilegal o de sobreestadía. Eso haría que esas personas corrieran el riesgo de no poder regresar a Estados Unidos si su solicitud de exención fuera denegada. Ahora, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos dispone de una exención provisional que sólo requiere que el solicitante regrese a su país de ciudadanía durante unas semanas o menos. Sólo eso evita la incertidumbre y un mínimo de tres años de separación familiar. Si usted es elegible para la exención provisional y hace todo lo que se supone que debe hacer para obtenerla, es probable que la reciba. Sólo eso es una buena razón para que los abogados de inmigración del Central Valley de Maison Law le representen en su solicitud

Familiares que califican

Cualquiera que busque una exención provisional de inadmisibilidad por entrada ilegal o por sobreestadía debe tener parientes inmediatos calificados en los Estados Unidos que sufrirían dificultades extremas y serían causa para invocar el programa de exención provisional. Los familiares que reúnen los requisitos incluyen tanto a los ciudadanos estadounidenses como a los residentes permanentes legales que sean padres o cónyuges del solicitante.

La exención provisional y la entrada ilegal

La exención provisional por entrada ilegal o por sobreestadía está destinada específicamente a tratar la prohibición de inadmisibilidad a la entrada legal en los Estados Unidos. Este tipo de exención no está disponible para las personas que no son admisibles por otros motivos, como una condena por delito grave.  Una exención provisional también puede ser denegada por otros motivos, por lo que querrá proceder con cuidado cumpliendo plenamente los requisitos para una exención provisional.

La exención provisional por presencia ilegal permite ahora a un solicitante que necesita una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal completar su solicitud para su exención antes de que tenga que salir de los Estados Unidos para asistir a su entrevista para el visado de inmigrante. La solicitud, la tasa de presentación y la tasa biométrica se envían por correo desde Estados Unidos a una caja de seguridad en Chicago. Los abogados de inmigración del Central Valley de California de Maison Law Immigration Lawyers pueden ayudar. Póngase en contacto con nosotros para una consulta y revisión del caso, y le aconsejaremos sobre cómo podemos ser de mayor ayuda en la solicitud de su exención provisional.